Tramitamos sucesiones en Capital – Avellaneda – Quilmes – Lomas de Zamora – Lanús – Berazategui – Florencio Varela

EL IMPUESTO A LA HERENCIA

Por ley de la Provincia de Buenos Aires Nro. 14.044 art. 90 se establece un impuesto a la transmisión gratuitas de bienes.
Quedan comprendidas la transmisión a título gratuito, las herencias, donaciones, legados.
Los bienes deben estar situados en la Provincia de Buenos Aires o sus beneficiarios sea personas físicas o jurídicas tengan su domicilio en la misma.
Cuando el valor de los bienes sea igual o inferior a $3.000.000 se encuentran eximidos de este gravamen. Si el valor de los bienes supera esta suma, la transmisión quedará sujeta a este impuesto por el valor total de los bienes y no solo por el excedente .